Brazil: New Law on the Taxation of Trusts and CFCs owned by Individuals

💵 A principios de la década de 1980, con el objetivo de dar a conocer a la población el nuevo Programa de Declaración del Impuesto sobre la Renta, el Ministerio de Hacienda de Brasil lanzó una campaña publicitaria en periódicos, radio y TV del país. Los anuncios mostraban a un león merodeando alrededor del contribuyente mientras este hacía su declaración. Si se hiciera correctamente, el león permanecería manso. Si lo hacía mal, rugiría.

Más de cuarenta años después del lanzamiento de la “brillante” campaña (la Hacienda pasaría a ser asociada por los brasileños con un león siempre rugiente, siempre hambriento y siempre buscando formas de cobrar más a los ciudadanos), se aprobó la Ley nº 14.754/2023, ley que forma parte de un amplio programa de reforma tributaria en marcha en el país (disponible en portugués aquí: https://shorturl.at/blnCM).

Algunos de sus puntos más relevantes:

⭕ La ley establece nuevas reglas para la tributación de las aplicaciones financieras y otras inversiones en poder de personas físicas residentes en Brasil. También hay un capítulo específico dedicado a la tributación de las rentas provenientes de inversiones en fondos de inversión en el país.

⭕ La ley introduce las primeras reglas para la tributación de las CFC y fideicomisos en el exterior (“trusts”) en poder de personas físicas residentes en Brasil. En cuanto a los CFC, es interesante señalar que en Brasil aún hay un debate (a ser judicializado) sobre si está permitido que el legislador grave la renta de las personas físicas sin la debida “realización” (en una discusión similar – pero distinta – a la sostenida en el famoso caso Moore v. United States). Aún existe un debate sobre la constitucionalidad de normas que regulan la atribución de control (en inglés, “constructive ownership”) sin la exigencia, impuesta a las autoridades tributarias, de acreditar que la relación familiar o empresarial se traduce en control efectivo en manos del contribuyente.

⭕ En cuanto a los “trusts” (figura importada a la legislación brasileña), el Art. 10, §§ 1º y 2º, determina que sus bienes y derechos serán considerados propiedad del fideicomitente incluso después de su constitución y serán transmitidos al beneficiario en la distribución temporal o al fallecimiento del fideicomitente, lo que ocurra primero. La excepción a esta regla es la posibilidad de transferencia anticipada en los casos en que el “trust” se haya constituido de manera irrevocable.

⭕ Otro aspecto relevante de la nueva ley es que brinda a los contribuyentes la posibilidad, a través del Art. 14, de actualizar el valor de sus bienes y derechos en el exterior considerando el valor de mercado al 31 de diciembre de 2023, pagando un impuesto a la renta definitivo del 8% sobre la diferencia (sensiblemente inferior al comúnmente aplicable a las ganancias de capital, de hasta el 22,5%, y a las rentas en general, de hasta el 27,5%).

¿Y en tu país? ¿Cómo se tratan los temas que fueron objeto de la nueva ley brasileña?🌎

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